¿Qué es la NOM 151 y para qué funciona?

La NOM 151 regula firmas electrónicas, optimizando procesos y garantizando integridad documental en el entorno empresarial.
NOM 151 - firma electrónica de documentos

La NOM-151-SCFI-2016 o NOM 151 es una norma oficial mexicana emitida por la Secretaría de Economía para regular y validar la firma electrónica en diversos documentos, tales como son los contratos.

Su objetivo principal es garantizar la autenticidad y confidencialidad de los documentos que se firmen electrónicamente, así como establecer los requisitos que necesita un Prestador de Servicios de Certificación para poder emitir certificados digitales que estén avalados por las autoridades correspondientes.

Conservación de datos y digitalización de documentos

¿Cuál es el objeto de la NOM 151?

Es el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor. La NOM 151 establece las normas para la conservación de mensajes de datos y la digitalización de documentos, un requisito vital en el entorno empresarial actual. Su aplicación se extiende a aquellos que se rigen por el Código de Comercio, siendo los comerciantes los principales solicitantes.

¿A quiénes les aplica?

Como ya lo mencionamos anteriormente, la NOM 151 aplica a empresas que digitalizan documentos relacionados con actos que se rijan bajo el Código de Comercio conforme al artículo 89, 95 bis 1 y 95 bis 4. 

¿Quién puede solicitarlo?

Los comerciantes.

Conforme a lo que establece la Norma Oficial Mexicana 151 o NOM 151 por sus siglas, la cual nos menciona los requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos y digitalización de documentos, podemos observar que se rige bajo el Código de Comercio en dónde su artículo 46-bis nos menciona que […] los comerciantes podrán realizar la conservación o digitalización de toda o parte de la documentación relacionada con sus negocios, en formato impreso, o en medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología […]

Lo anterior, hace únicamente referencia a personas que realicen actos de comercio.

¿Quiénes pueden ser prestadores de servicios de certificación?

De acuerdo al artículo 100 del Código de Comercio “Podrán ser Prestadores de Servicios de Certificación, previa acreditación ante la Secretaría: 

  1. Los notarios públicos y corredores públicos; 
  2. Las personas morales de carácter privado, y

III. Las instituciones públicas, conforme a las leyes que les son aplicables”.

De acuerdo a lo anterior, este acto lo pueden llevar a cabo los particulares y en el caso en concreto, la obtención de la certificación tendría que ser a través de la Secretaría de Economía, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 102 del Código de Comercio.

Asimismo, la NOM 151 contempla los requisitos y reglas generales que emite la Secretaría de Economía para poder realizar la digitalización de documentos en soporte físico, cumpliendo con los elementos y recursos necesarios para poder llevar a cabo el procedimiento.

Beneficios de la NOM 151 para las empresas

Cumplir con la NOM 151 no solo implica conformidad legal; también ofrece beneficios prácticos. Desde una mayor protección y seguridad tecnológica hasta la economía de costos y espacio, la norma impulsa la transformación digital de las empresas.

Firma Electrónica y NOM 151: Una Alianza Estratégica

La firma electrónica se presenta como una aliada crucial en el cumplimiento de la NOM 151. Asegura la integridad de los documentos celebrados electrónicamente y complementa la conservación de mensajes de datos.

Únete a la transformación digital

Firmar contratos es esencial en el tejido empresarial, estableciendo acuerdos claros y protegiendo los intereses de todas las partes involucradas. La aplicación de la NOM 151, que regula la firma electrónica y la conservación de documentos, se presenta como un aliado estratégico en este proceso. Al adoptar la NOM 151, las empresas no solo cumplen con los estándares legales, sino que también optimizan la eficiencia en la formalización de acuerdos.

La norma no solo garantiza la autenticidad y confidencialidad de los documentos firmados electrónicamente, sino que también simplifica los procesos, reduciendo la dependencia del papel y agilizando la gestión documental. En CONDEFEM, entendemos que la formalización de contratos es un componente clave para el éxito empresarial, y nuestra experiencia en la implementación de la NOM 151 puede ser tu paso hacia una gestión contractual más eficiente y segura.

La NOM 151 es un elemento clave en la evolución digital de las empresas. En CONDEFEM, no solo comprendemos la importancia de cumplir con esta norma, sino que también te brindamos el respaldo necesario. ¿Necesitas asesoramiento para implementar la NOM 151 y potenciar la firma electrónica en tu negocio? Estamos aquí para ayudarte. Conéctate con CONDEFEM y transforma la forma en que tu empresa gestiona sus documentos.

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